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sales@senecaesg.comThe Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD) is an ambitious initiative by the European Union (EU) aimed at transforming corporate transparency on sustainability issues. For companies outside the EU, the CSRD […]
En Directiva sobre presentación de informes de sostenibilidad corporativa (DCR) es una ambiciosa iniciativa de la Unión Europea (UE) destinada a transformar la transparencia corporativa en cuestiones de sostenibilidad. Para las empresas de fuera de la UE, la CSRD tiene implicaciones significativas, especialmente para las que operan dentro de la UE o mantienen vínculos económicos sustanciales con ella. Las empresas no pertenecientes a la UE pueden encontrarse dentro de su ámbito de aplicación, lo que les obliga a divulgar métricas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) para cumplir con los estándares cambiantes en materia de transparencia y rendición de cuentas. Este artículo explora los requisitos de la CSRD, cómo podrían verse afectados las empresas no pertenecientes a la UE y por qué el cumplimiento proactivo puede proporcionar ventajas competitivas.
En Directiva sobre presentación de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD), que entrará en vigor en enero de 2023, se basa en el Directiva sobre información no financiera (Derecho nacional de desarrollo), ampliando tanto su alcance como los requisitos de presentación de informes. Su objetivo es crear un marco coherente y transparente para la presentación de informes de sostenibilidad en toda la UE, haciendo que los datos ESG sean más fiables y comparables entre empresas e industrias. La directiva exige que las empresas informen sobre los impactos ambientales, los factores sociales y las prácticas de gobernanza de acuerdo con la nueva normativa desarrollada Normas europeas de presentación de informes de sostenibilidad (ESRS) [1] Los aspectos del CSRD incluyen:
Para las empresas con sede fuera de la UE, la CSRD podría representar un cambio significativo en los requisitos operativos y de presentación de informes. Las empresas no pertenecientes a la UE deben cumplir con la CSRD si cumplen alguno de los siguientes criterios:
Para muchas empresas multinacionales, estas condiciones implican el cumplimiento obligatorio de la CSRD, lo que podría afectar a sus operaciones y exigir una revisión de los sistemas de presentación de informes existentes. Los riesgos de incumplimiento incluyen daños a la reputación, sanciones financieras o la exclusión de la actividad empresarial en la UE, donde las expectativas de sostenibilidad son cada vez más rigurosas.
Comprender estas implicaciones es crucial para que las empresas no pertenecientes a la UE adapten eficazmente sus estrategias y se alineen con los estrictos estándares de sostenibilidad de la UE.
De acuerdo con la CSRD, las empresas no pertenecientes a la UE que cumplan los criterios anteriores deben informar sobre doble materialidad, lo que significa que deben revelar ambos:
Este requisito ampliado probablemente requerirá que las empresas no pertenecientes a la UE recopilen y analicen datos extensos sobre emisiones de carbono, el uso de energía, la gestión de residuos y las prácticas sociales, como las normas laborales y la participación comunitaria. Las empresas que no están acostumbradas a presentar informes ESG detallados pueden necesitar establecer o actualizar sistemas para cumplir con estos requisitos.
La preparación para el cumplimiento de la CSRD probablemente supondrá importantes inversiones iniciales, en particular para las empresas que no estén familiarizadas con los informes ESG al estilo de la UE. Los posibles costes incluyen:
Si bien estos costos son tangibles, también pueden producir beneficios a largo plazo, ya que una mejor elaboración de informes a menudo conduce a mejores conocimientos operativos y ganancias de reputación.
El incumplimiento de los requisitos de presentación de informes de la CSRD puede exponer a las empresas a sanciones y otras medidas regulatorias dentro de la UE. Además, el incumplimiento puede resultar en un daño a la reputación, afectando las relaciones con los inversores, los consumidores y otras partes interesadas que priorizan la sostenibilidad. Por ello, para las empresas que operan dentro de la UE, la CSRD es tanto una necesidad de cumplimiento como una consideración estratégica para mantener el acceso al mercado.
Para afrontar estos desafíos de manera eficaz, las empresas no pertenecientes a la UE deben adoptar un enfoque proactivo para comprender e integrar los requisitos de la CSRD en sus marcos existentes:
Si bien la adaptación a la CSRD requiere inversión, su cumplimiento ofrece beneficios sustanciales:
Para las empresas que navegan por las complejidades del CSRD, ESG de Seneca ÉPICO plataforma ofrece una solución potente y centralizada para gestionar datos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) y lograr el cumplimiento.
Características principales de la plataforma EPIC:
Para las empresas de fuera de la UE, la CSRD es más que un simple cambio normativo: es un paso hacia una nueva era de transparencia y responsabilidad corporativa. Las empresas no pertenecientes a la UE con vínculos con el mercado europeo deberían evaluar de forma proactiva su elegibilidad y comenzar a prepararse para cumplir con los requisitos de la directiva. Mediante una alineación temprana con la CSRD, las empresas no solo pueden evitar posibles problemas de cumplimiento, sino también posicionarse como líderes en el impulso global a la sostenibilidad.
Referencias:
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